James Graham señaló que algunos abogados carecen de experiencia
internacional, por lo cual no entenderían bien el caso del jugador
Carmona.
Debido a que consideró que aún falta por entender el campo del
arbitaje internacional en la resolución de disputas legales, el
catedrático James Graham Weydert abordó un caso en particular del
pasado reciente para explicar la proyección de la materia.
Graham Weydert, catedrático de la UdeM y especialista en arbitraje
internacional, quien en recientes fechas se ha avocado a atender el
caso del jugador de fútbol Salvador Carmona apuntó el transfondo legal
en este asunto.
Graham Weydert señaló que algunos abogados carecen de experiencia
internacional, por lo cual podrían pasarles inadvertidas varias
situaciones acerca de este caso.
"No cabe duda que ni los dirigentes deportivos ni los medios
mexicanos han correctamente entendido el proceso legal que tuvo lugar
en el asunto del jugador José Salvador Carmona", expulsado de por vida
del fútbol nacional.
La problemática es el paralelismo entre procedimientos nacionales e
internacionales que pueden parecer "extraño" para abogados sin
experiencia del "internacional", pero perfectamente lógico para el
internacionalista", indicó.
Así mismo, Graham Weydert señaló que existe el procedimiento
interno, el cual fue agotado con la decisión de la Comisión de
Apelación y Arbitraje del Deporte; seguido de esta autoridad, la
última instancia interna es el Tribunal Arbitral Deportivo, ante el
cual se puede presentar un recurso de apelación, quien fue la
autoridad que rindió el laudo definitivo e inapelable de suspensión al
jugador de por vida.
"Por un lado, tenemos el procedimiento "interno" que se agotó con
la decisión de la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte (CAAD),
que es una autoridad pública dependiendo de la SEP.
Siendo la última instancia interna, un recurso en apelación puede
ser presentado ante el Tribunal Arbitral Deportivo (TAS en sus siglas
francés) con fundamento del artículo 61 de los Estatutos de la FIFA.
El TAS rindió un laudo definitivo e inapelable suspendiendo al jugador
a vida", informó Graham Weydert.
El especialista resaltó que el jugador no pudo evitar esta
suspensión al ampararse por este medio ya que el TAS no permite los
amparos, es una autoridad extranjera y finalmente, como sin las
anteriores razones no tuvieran valor alguno, la posición de los
tribunales federales señala que no proceden los amparos en contra de
los laudos arbitrales.
"Ahora bien, en contra de esta decisión arbitral no se puede
amparar, por la simple razón que en primer lugar el TAS no es una
autoridad en el sentido de la Ley de Amparo; en segundo lugar aun si
fuera autoridad, no es posible de ampararse en contra una autoridad
extranjera; y en tercer lugar, según una posición constante de los
tribunales federales mexicanos no es posible de ampararse en contra de
laudos arbítrales", indicó el catedrático.
No obstante, Graham Weyder indicó que sí hay posibilidad de
presentar un amparo ante el Tribunal Federal Suizo.
"Sin embargo, existe la posibilidad de presentar un recurso en
nulidad en contra del laudo ante el Tribunal Federal Suizo".
Ante las protestas acerca de que la notificación de la suspensión
debió de llevarse a cabo de manera personal, el también presidente del
Club de Arbitraje de Monterrey indicó que los procedimientos civiles
nacionales y sus reglas no son los aplicados en cuanto a materia de
arbitraje.
"En cuando a la notificación, esta no tiene que ser personal como
se sostuvo. Las notificaciones en materia de arbitraje no se hacen
según las reglas de los códigos de procedimientos civiles nacionales,
sino según el reglamento de arbitraje que se aplica en virtud del
acuerdo arbitral celebrado por las partes, en este caso el Código de
Arbitraje que prevé cualquier medio de notificación que permite hacer
constar la recepción de la notificación. Los tribunales federales
mexicanos tuvieron varias oportunidades para establecer que las
notificaciones en los procedimientos arbítrales no tienen que ser
"personales" tal como lo dispone por ejemplo el Código federal de
procedimientos civiles".
Finalmente, Graham Weydert informó acerca de las dos hipótesis que
podrían presentarse en caso de que se interpusiera un recurso en
nulidad: el laudo se confirma o se da por anulado.
"Si se presentaría un recurso en nulidad, dos hipótesis podrían
presentarse. El laudo se confirma, y consecuentemente sería un título
ejecutivo inmediatamente ejecutable bajo la Convención de Nueva York,
pero dando la posibilidad al jugador afectado de presentar sus
excepciones a la ejecución coactiva; o el laudo es anulado y el caso
se presentará de nuevo ante el TAS".
Ante este caso, el cual ha sido un buen ejercicio para poner a
prueba los conocimientos de los juristas con relación al arbitraje, la
indicación de Graham Weydert se muestra como indispensable: hay que
poner más interés en la materia arbitral, y sobre todo en lo
concerniente al ámbito internacional.
Lo que es un hecho es que este acto llevado a cabo por José
Salvador Carmona se convierte en una mancha más para el fútbol
nacional, y dejó a Cruz Azul en la "raya" de poner coronarse campeón
una vez más.
Por otro lado, el también Presidente del Club de Arbitraje
Internacional de Monterrey mencionó que también se requiere del apoyo
de la abogacía en la medida que los propios abogados no siempre
quieren recomendar el arbitraje por no conocer de manera suficiente
este método de resolución de disputas. En este sentido, el Club de
Arbitraje Internacional de Monterrey se esforzará por dar aun más
difusión al arbitraje e intentar de convencer que esta justicia
'privada' es el futuro de México para la solución de controversias.