Legal  
Explica experto cómo funciona arbitraje internacional
Por: Guillermo Jaramillo Torres, Miércoles, 20 de Junio de 2007
 

James Graham señaló que algunos abogados carecen de experiencia internacional, por lo cual no entenderían bien el caso del jugador Carmona.

 

Debido a que consideró que aún falta por entender el campo del arbitaje internacional en la resolución de disputas legales, el catedrático James Graham Weydert abordó un caso en particular del pasado reciente para explicar la proyección de la materia.

Graham Weydert, catedrático de la UdeM y especialista en arbitraje internacional, quien en recientes fechas se ha avocado a atender el caso del jugador de fútbol Salvador Carmona apuntó el transfondo legal en este asunto.

Graham Weydert señaló que algunos abogados carecen de experiencia internacional, por lo cual podrían pasarles inadvertidas varias situaciones acerca de este caso.

"No cabe duda que ni los dirigentes deportivos ni los medios mexicanos han correctamente entendido el proceso legal que tuvo lugar en el asunto del jugador José Salvador Carmona", expulsado de por vida del fútbol nacional.

La problemática es el paralelismo entre procedimientos nacionales e internacionales que pueden parecer "extraño" para abogados sin experiencia del "internacional", pero perfectamente lógico para el internacionalista", indicó.

Así mismo, Graham Weydert señaló que existe el procedimiento interno, el cual fue agotado con la decisión de la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte; seguido de esta autoridad, la última instancia interna es el Tribunal Arbitral Deportivo, ante el cual se puede presentar un recurso de apelación, quien fue la autoridad que rindió el laudo definitivo e inapelable de suspensión al jugador de por vida.

"Por un lado, tenemos el procedimiento "interno" que se agotó con la decisión de la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte (CAAD), que es una autoridad pública dependiendo de la SEP.

Siendo la última instancia interna, un recurso en apelación puede ser presentado ante el Tribunal Arbitral Deportivo (TAS en sus siglas francés) con fundamento del artículo 61 de los Estatutos de la FIFA. El TAS rindió un laudo definitivo e inapelable suspendiendo al jugador a vida", informó Graham Weydert.

El especialista resaltó que el jugador no pudo evitar esta suspensión al ampararse por este medio ya que el TAS no permite los amparos, es una autoridad extranjera y finalmente, como sin las anteriores razones no tuvieran valor alguno, la posición de los tribunales federales señala que no proceden los amparos en contra de los laudos arbitrales.

"Ahora bien, en contra de esta decisión arbitral no se puede amparar, por la simple razón que en primer lugar el TAS no es una autoridad en el sentido de la Ley de Amparo; en segundo lugar aun si fuera autoridad, no es posible de ampararse en contra una autoridad extranjera; y en tercer lugar, según una posición constante de los tribunales federales mexicanos no es posible de ampararse en contra de laudos arbítrales", indicó el catedrático.

No obstante, Graham Weyder indicó que sí hay posibilidad de presentar un amparo ante el Tribunal Federal Suizo.

"Sin embargo, existe la posibilidad de presentar un recurso en nulidad en contra del laudo ante el Tribunal Federal Suizo".

Ante las protestas acerca de que la notificación de la suspensión debió de llevarse a cabo de manera personal, el también presidente del Club de Arbitraje de Monterrey indicó que los procedimientos civiles nacionales y sus reglas no son los aplicados en cuanto a materia de arbitraje.

"En cuando a la notificación, esta no tiene que ser personal como se sostuvo. Las notificaciones en materia de arbitraje no se hacen según las reglas de los códigos de procedimientos civiles nacionales, sino según el reglamento de arbitraje que se aplica en virtud del acuerdo arbitral celebrado por las partes, en este caso el Código de Arbitraje que prevé cualquier medio de notificación que permite hacer constar la recepción de la notificación. Los tribunales federales mexicanos tuvieron varias oportunidades para establecer que las notificaciones en los procedimientos arbítrales no tienen que ser "personales" tal como lo dispone por ejemplo el Código federal de procedimientos civiles".

Finalmente, Graham Weydert informó acerca de las dos hipótesis que podrían presentarse en caso de que se interpusiera un recurso en nulidad: el laudo se confirma o se da por anulado.

"Si se presentaría un recurso en nulidad, dos hipótesis podrían presentarse. El laudo se confirma, y consecuentemente sería un título ejecutivo inmediatamente ejecutable bajo la Convención de Nueva York, pero dando la posibilidad al jugador afectado de presentar sus excepciones a la ejecución coactiva; o el laudo es anulado y el caso se presentará de nuevo ante el TAS".

Ante este caso, el cual ha sido un buen ejercicio para poner a prueba los conocimientos de los juristas con relación al arbitraje, la indicación de Graham Weydert se muestra como indispensable: hay que poner más interés en la materia arbitral, y sobre todo en lo concerniente al ámbito internacional.

Lo que es un hecho es que este acto llevado a cabo por José Salvador Carmona se convierte en una mancha más para el fútbol nacional, y dejó a Cruz Azul en la "raya" de poner coronarse campeón una vez más.

Por otro lado, el también Presidente del Club de Arbitraje Internacional de Monterrey mencionó que también se requiere del apoyo de la abogacía en la medida que los propios abogados no siempre quieren recomendar el arbitraje por no conocer de manera suficiente este método de resolución de disputas. En este sentido, el Club de Arbitraje Internacional de Monterrey se esforzará por dar aun más difusión al arbitraje e intentar de convencer que esta justicia 'privada' es el futuro de México para la solución de controversias.